El 27 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para el ejercicio 2023 que contempla cambios que impactan al Régimen Simplificado de Confianza.
¿Qué cambia?
Se eliminan: Restar de los ingresos las devoluciones, descuentos o bonificaciones en la declaración anual.
Restar las pérdidas fiscales pendientes de disminuir que se tenían antes de que entrara en vigor el RESICO para personas físicas con actividad empresarial.
Se añaden: Los CFDIs globales podrán cancelarse a más tardar el día 17 del mes siguiente a la fecha de expedición
Temporales:
Personas Físicas podrán expedir CFDIs sin e.Firma hasta el 31 de marzo de 2023
Activar su buzón tributario a más tardar el 31 de marzo de 2023
Autoridad vigilará los ingresos y sacará del régimen a quien rebase el límite de:
- 5 mdp personas físicas
- 35 mdp personas morales
- Actualizando todas las obligaciones del ejercicio en el que ocurra.
Las personas morales deben presentar el aviso para entrar o salir del RESICO a más tardar el 31 de enero de 2023 a través de mi portal.
Personas Físicas y morales deben presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.
Se sacará del RESICO a quien no presente su declaración anual:
31 de marzo personas morales.
1 de mayo personas físicas
Mejores en el prellenado de declaraciones mensuales. Ahora tendrán la información de los pagos CFDIs de pago.